Asistencia a Juntas y confección de convocatorias a Juntas Generales de Propietarios, así como, de sus actas.
Especialmente conviene guardar los requisitos formales tales como anticipación suficiente en la entrega de las convocatorias, nuestro despacho se compromete a la comunicación legal de las mismas en el tiempo y forma establecido por la Ley.
Personal cualificado de nuestra empresa asistirá a todas las reuniones de la Comunidad de Propietarios, salvo que ésta disponga lo contrario.
Las actas de las reuniones son redactadas también por el secretario-administrador, y se procederá a su cierre con su firma y con la del Sr. Presidente de la Comunidad de Propietarios, en los plazos previstos por la Ley.
La notificación de los acuerdos es básica para conocimiento general de los propietarios, especialmente los que no asistieron a la junta cuya acta se redacta.
Por ello, una vez cerrada el acta con la firma del Sr. Presidente, se depositará copia de misma en el buzón de cada vecino, enviándose por correo a aquellos propietarios que no residan en la finca.
Tras la celebración de las juntas de propietarios, se debe hacer un seguimiento de cada acuerdo tomado en las mismas para su ejecución de la forma acordada.
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